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Registro electoral y gestión de multas ante el Consejo Nacional Electoral, CNE
De conformidad con el Art. 62.2 de la Constitución de la República del Ecuador, el voto para los migrantes es facultativo, es decir, no es obligatorio; sin embargo, en el Ecuador le requieren el Certificado de Votación para realizar trámites ante Instituciones Públicas o Privadas. Muchos de nosotros por falta de tiempo o descuido no hemos registrado el cambio de domicilio en el exterior, imposibilitando nuestro derecho al voto y por lo tanto incurriendo en una multa que corresponde al 10 % del Salario Básico Unificado (SBU); es decir, actualmente 46,00 USD, en cada proceso electoral. Por ejemplo, si Usted no ejerce su derecho al voto en dos ocasiones, la multa seria de 92 €, y así sucesivamente.
Asesoría Chimborazo, le gestiona todos los trámites necesarios desde el Registro Electoral (Activo o Pasivo) hasta la eliminación de la multa. Para que, de ese modo solicite en cualquier momento su Certificado de Votación sin pérdidas de tiempo ni complicaciones.
Actualizado a 21 de noviembre de 2024






